Cuando se abona el coste del seguro, no sólo se paga la prima a la aseguradora, sino que también hay algunos cargos que van destinados a tasas e impuestos, una de las partes más desconocidas de las pólizas, pero que hay que tener muy en cuenta.
La construcción es uno de los pilares fundamentales de la economía española, pero, debido a la suspensión de la actividad y a la paralización de los plazos administrativos y de concursos públicos provocados por la COVID-19, en 2020 el sector se ha visto afectado.
En un contrato de seguro es tan importante o más conocer lo que cubre como lo que no cubre la póliza. Las exclusiones del contrato de seguro son aquellas cláusulas o condiciones del mismo en las que la aseguradora describe lo que no está cubriendo y, por tanto, está delimitando el riesgo.
Cuando la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación (LOE) entró en vigor, mayo de 2000, estableció la obligatoriedad de una garantía decenal (o seguro decenal de daños materiales), que proteja al promotor y los sucesivos adquirientes del edificio o partes del mismo de manera que se garantice durante diez años el resarcimiento de los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a la cimentación y el resto de elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad del edificio.
La Responsabilidad Civil es la obligación de indemnizar los daños y perjuicios causados a un tercero por acciones u omisiones propias o de aquellas personas de las que debe responder. Daños y perjuicios que pueden ocasionarse como consecuencia de relaciones extracontractuales o del cumplimiento defectuoso o incumplimiento de obligaciones contractuales o legales.
El ejercicio de la profesión de Aparejador/AT/IE implica un alto nivel de responsabilidad y de riesgo, medido económicamente por el número y la cuantía de las reclamaciones. De hecho, según los últimos estudios realizados por MUSAAT, un Aparejador/AT/IE recibe al menos una reclamación cada 8 años.